JurídicoESEN
Order (Auto)July 8, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Oceans Maritime Atlantica Sas En Liquidacion·Respondent Distrito De Barranquilla

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Jurisdiccion Constitucional
  • No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Dieciocho de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla (Atlántico) y el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Juan del Cesar (La Guajira).

Considera la Corte que en este caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el despacho de la ciudad de Barranquillo decidió abstenerse de conocer el proceso por razones distintas a los factores de competencia de la acción de tutela.

En concreto, dicha autoridad fundó su decisión en un análisis sobre las entidades que, eventualmente, podían ser o no vinculadas al proceso, pese a que la solicitud se dirigió exclusivamente contra una.

La Sala precisa que este proceder no es ajustado a la jurisprudencia de la Corporación en materia de competencia, en tanto no es procedente fundamental la incompetencia para conocer una acción de tutela a partir de una interpretación sobre quien debió ser vinculado al trámite, lo cual es un análisis de fondo.

Se dirime la controversia ordenando remitir el expediente a la precitada autoridad, para que profiera la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se advierte a este despacho que en lo sucesivo debe decidir conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Al juzgado de San Juan del Cesar se le advierte que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, para lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en el presente auto y compiladas en el auto 550/18.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 28 de mayo de 2021, proferido por la Juez Dieciocho de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla (Atlántico), en el marco de la acción de tutela promovida por Oceans Maritime Atlantica SAS en liquidación judicial en contra del Distrito de Barranquilla - Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial del Distrito de Barranquilla (Atlántico).
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4015 a la Juez Dieciocho de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla (Atlántico), para que profiera decisión de fondo respecto de la referida acción de tutela.
  3. Tercero. ADVERTIR a la Juez Dieciocho de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla (Atlántico) para que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo del Circuito de San Juan del Cesar (La Guajira) que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, para lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en el presente auto y compiladas en el auto 550 de 2018.
  5. Quinto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juez Promiscuo del Circuito de San Juan del Cesar (La Guajira) la decisión adoptada mediante esta providencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.